miércoles, 22 de enero de 2020

Relaciones Laborales

¿Usted cree que las actuales relaciones laborales incentivan a los empleados a aumentar su productividad?
Las actuales relaciones laborales nacieron a mediados del siglo XX cuando empleadores y empleados vivían un conflicto a muerte. Se disputaban la hija de ambos: la ganancia de las empresas!
Fue entonces que para resolver el tema y para además quitarles protagonismo a las ideologías políticas que embanderaban a ambos lados (el capitalismo y el socialismo) apareció la tercera postura: La doctrina social de la iglesia.
¿Y cómo logró ambos propósitos?

Partió al medio a la criatura en disputa, y se quedó con la parte de los empleados para que la administrara el Estado!
Desde ese momento los asalariados dejaron de luchar por sus acreencias confiados en que el Estado actuaría solidariamente con su dinero.
Pero se les siguió remunerando por lo que necesitaban y no por lo que hacían.
Y eso resultó altamente desalentador y ahí comienza la degradación de todo el sistema económico social!

Por ello, y para aprovechar lo logrado por la doctrina social de la iglesia, es necesario dar el siguiente paso.

Toda empresa está constituida por capital y personal y para generar ganancias necesita el concurso de ambos, proporcionalmente a sus respectivos costos. Si la empresa es puro capital, es éste el mayor responsable en las ganancias, y viceversa. Por lo general, el capital tiene un costo anual (incluyendo interés, amortización, mantenimiento, seguros e impuestos) que duplica al costo anual de su personal (incluyendo cargas sociales). 
Eso implica que las dos terceras partes de las ganancias conseguidas corresponden al capital puesto en juego. El resto es propiedad exclusiva de su personal. Entonces, la Administración de Impuestos no debe considerar que lo que se tributa por ganancias (que es precisamente un tercio de las ganancias) sea un tributo del empresario sino un tributo no autorizado del personal de la empresa. Lo que retiene el Estado es un tributo de los empleados de esa empresa, no de su empleador porque es el dinero con que la empresa contaba para participarle ganancias a su personal, como lo consagra la Constitución Nacional. Entonces el Estado no debe asignarlo a Rentas Generales. Lo recaudado debe ser transferido anualmente al personal propio y de terceros de esa empresa, en un acto de estricta justicia.

Y lo que cobre cada empleado será tomado a cuenta de su futura indemnización, con lo cual se potenciará su compromiso con la rentabilidad y además aliviará a los empleadores esa obligación tan amenazante.

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